986 229 472despacho@calixtoescariz.com
FacebookTwitterLinkedin
Calixto EscarizCalixto Escariz
Calixto Escariz
Despacho de abogados y oficina técnica de planeamiento, con sedes en Galicia, Castilla y León, Asturias, Valencia y Madrid
  • INICIO
  • EL DESPACHO
  • EQUIPO
  • ÁREAS DE ACTUACIÓN
  • BLOG
  • CONTACTO
  • Galego
 
  • INICIO
  • EL DESPACHO
  • EQUIPO
  • ÁREAS DE ACTUACIÓN
  • BLOG
  • CONTACTO
  • Galego

¿Cómo averiguar si nuestra hipoteca está referenciada a IRPH?

10 marzo, 2020Derecho mercantil
irph

Aclaramos todas las dudas sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH)

Contenidos del artículo:

  • 1 Aclaramos todas las dudas sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH)
    • 1.1 ¿Qué es el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH)?
    • 1.2 ¿Cómo se calcula el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH)?
    • 1.3 El IRPH puede ser declarado índice abusivo
    • 1.4 ¿Cómo averiguar si nuestra hipoteca está referenciada a IRPH?

¿Qué es el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH)?

El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) es la segunda referencia hipotecaria más utilizada en España. Según datos del Banco de España, se aplica aproximadamente a un 11% de las hipotecas suscritas en nuestro país y se calcula que más de 1.300.000 clientes firmaron su hipoteca con este índice de referencia. Fue comercializado como un tipo de interés bajo y estable, si bien en la práctica ha fluctuado tanto como el Euribor, caracterizándose por presentar un valor más elevado que éste último.

¿Cómo se calcula el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH)?

Se trata de un índice susceptible de ser manipulado por las propias entidades de crédito, dado que se calcula principalmente a partir de la media respecto a diferentes ofertas del mercado en plazo igual o superior a tres años para la adquisición de vivienda libre. Para ello, se parte de la media simple de los datos aportados por las entidades respecto a las hipotecas que ellas mismas conceden, incluyendo comisiones, si bien en ningún caso representa una realidad de mercado en tanto que no resulta ponderada. Al contrario de lo que sucede con el Euribor, todas las entidades tienen el mismo peso específico en el cálculo de la media, independientemente del volumen de hipotecas que comercialicen. Como consecuencia no refleja fielmente la evolución de los tipos de interés, situándose claramente por encima del Euribor.

En efecto, mientras el Euribor bajaba, el IRPH subía y los pagos de estas hipotecas se incrementaban notablemente. De media, una hipoteca IRPH se encareció entre 1.200 y 2.000 euros al año respecto de una hipoteca referenciada a Euribor.

Para los afectados ha supuesto un diferencial de aproximadamente un 2% con respecto a las hipotecas referenciadas a Euribor o, incluso, de un 4% si se pactó un IRPH sectorial y no había sustitutivo aplicable. En todo caso, como hemos señalado, el mayor problema del IRPH no viene dado tanto por su inestabilidad, o su evolución frente al Euribor, sino por los factores de variación de los que depende su fluctuación. En este sentido, algunas de las sentencias recaídas señalan que “ya que son las entidades las que facilitan los datos para que se elabore el indicador, cabe concluir que, en mayor o menor medida, la entidad influye en el importe del índice que se utiliza” quedando comprometido “lo dispuesto en el artículo 1256 del Código Civil que dispone que la validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes”.

El IRPH puede ser declarado índice abusivo

Al igual que las cláusulas suelo, el IRPH es susceptible de ser declarado abusivo en base a la necesaria comprensibilidad real del contrato por parte del deudor hipotecario.

Así pues, al igual que las cláusulas suelo, el IRPH es susceptible de ser declarado abusivo en base a la necesaria comprensibilidad real del contrato por parte del deudor hipotecario, tanto desde una perspectiva legal, como económica. Es por ello que, si en el procedimiento judicial se demuestra que el banco no informó debidamente al cliente de la naturaleza del IRPH, de su evolución y la comparativa con el Euribor, las pretensiones del cliente pueden resultar acogidas en tanto que el Banco habría actuado en contra de la buena fe, de forma poco transparente, sin explicar en qué consistía dicho índice y sin dar al cliente la oportunidad de elegir otra opción, causando desequilibro entre los derechos y obligaciones de las partes.

A este respecto, las sentencias recaídas han considerado que la intervención de notario no acredita suficientemente una información adecuada respecto a su trascendencia legal y económica, el reparto de riesgos y la verdadera naturaleza de dicha cláusula. De este modo, la mayoría de las sentencias que estiman nulo el IRPH sustituyen dicho índice por el Euribor a 12 meses y establecen la devolución íntegra de lo pagado de más desde el comienzo de la contratación.

¿Cómo averiguar si nuestra hipoteca está referenciada a IRPH?

El cliente debe buscar en la escritura de constitución del préstamo hipotecario la estipulación en la que se habla de “tipo nominal de interés”. En caso de tratarse de una hipoteca IRPH se mencionará expresamente este índice o bien la referencia “tipo medio de préstamos hipotecarios a más de tres años para la adquisición de vivienda libre” con el añadido “concedidos por cajas”, “por bancos” o “por las entidades de crédito en España”.

Si no se localiza una referencia IRPH pero, aun así se sospecha de ser un afectado, deberá revisarse el recibo mensual. En este contexto hemos de destacar la relevancia de la disposición adicional XV de la Ley 14/13 que estableció la conversión del IRPH a un tipo fijo en concordancia con la disposición transitoria única de la Orden EHA 2899/2011. En consecuencia, con efectos desde el 01 de noviembre de 2013 el Banco de España dejó de publicar estos tres índices oficiales aplicables, entendiéndose sustituidos por el tipo o índice de referencia sustitutivo previsto en cada contrato de préstamo. En defecto del tipo de referencia sustitutivo previsto en el contrato en cuestión, o en caso de que éste fuera alguno de los que desaparecen, la sustitución se realizaría por el IRPH de entidades, aplicándole un diferencial equivalente a la media aritmética de la diferencia entre el tipo que se venía aplicando y el nuevo, calculado con los datos disponibles entre la fecha del otorgamiento del contrato y la de la sustitución del tipo.

Conviene, en todo caso, llamar la atención respecto a la oscura disposición adicional XV de la Ley 14/2013 en su apartado Cuarto en el que se establece que las partes carecerán de acción para reclamar la modificación, alteración unilateral o extinción del préstamo o crédito como contrapartida de lo dispuesto en la misma.

Por su parte, el Parlamento Europeo instó al Gobierno a reaccionar frente al IRPH en tanto que no existe un índice comparable vigente en ningún país de la Unión Europea y resulta contrario a la Directiva 93/13/CEE sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidor.

Solicita aquí una cita con nuestro abogados especializados en derecho bancario.

Compartir este artículo
FacebookTwitterLinkedIn
autor

Susana López

Entradas relacionadas
Los afectados por el cártel de coches podrían reclamar hasta 2026
13 marzo, 2023
Comisiones bancarias: qué tipos hay y cuándo son ilegales
4 julio, 2022
“Comunidades energéticas”: produce tu propia energía
20 abril, 2022
2 Comments
  1. Pingback: Novedades del Real Decreto de protección para deudores hipotecarios
  2. Pingback: Cómo reclamar la devolución de los intereses por IRPH - Calixto Escariz
Deja un comentario

Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *

borrar formularioEnviar

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Recibe todas nuestras novedades, análisis y contenidos
Suscripción newsletter
Conoce los eventos en los que participamos
Calendario de eventos
Buscador
Temas del blog
  • Actualidad(156)
  • Análisis de sentencias(21)
  • Breves(41)
  • Calixto Escariz en medios(42)
  • Comunidades de Montes(136)
  • Derecho administrativo(48)
  • Derecho civil(19)
  • Derecho de familia(6)
  • Derecho laboral(17)
  • Derecho mercantil(29)
  • Derecho penal(12)
  • Derecho tributario(24)
  • Doctrina(2)
  • Entrevistas(4)
  • Expropiaciones(9)
  • Investigación(2)
  • Investigación(1)
  • Urbanismo/Ordenación de territorio(18)
  • Voz del Experto(6)
SOBRE CALIXTO ESCARIZ

Quiénes somos

Aviso legal

Política de cookies

Política de Privacidad

ÚLTIMAS NOTICIAS
  • Los afectados por el cártel de coches podrían reclamar hasta 2026
    13 marzo, 2023
  • La Audiencia de Pontevedra avala la gestión de los comuneros de Tameiga en Monte Faquiña
    27 febrero, 2023
  • La Audiencia Provincial rechaza la reclamación de cuatro empresas y ratifica que Monte Gorxal pertenece a los comuneros de Cabral
    10 febrero, 2023
SERVICIOS DEL DESPACHO DE ABOGADOS

Derecho Administrativo

Derecho Laboral

Derecho Mercantil

Derecho Fiscal

Derecho Civil

Derecho de Familia

Derecho Penal

Urbanismo y planeamiento

Calixto Escariz

Calixto Escariz es un despacho de abogados y oficina técnica de planeamiento con un amplio equipo de abogados especializados en derecho administrativo y un equipo de arquitectos e ingenieros para proyectos de urbanismo y planeamiento. Calixto Escariz cuenta con sedes en Galicia, Asturias, Castilla-León, Madrid y Valencia. © 2016 Calixto Escariz, SLU. Todos los derechos reservados.

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios, ofrecer la posibilidad de compartir e interactuar con redes sociales y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, acepta su uso.
Política de Privacidad y Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR