
Si tienes dudas sobre la hipoteca inversa, puedes consultar con nuestro equipo especializado en Derecho Mercantil en el teléfono gratuito 986 229 472.
Contenidos del artículo:
¿Qué es la hipoteca inversa?
La hipoteca inversa es considerada para muchos una especie de sobresueldo, llegada la jubilación. Lo explicamos: se trata de un producto financiero que las personas mayores de 65 años pueden utilizar para conseguir una renta a través de un préstamo bancario en el que su propiedad inmobiliaria libre de cargas actúa como aval, lo que permite sacar rentabilidad a su vivienda, finalizando el contrato en el momento del fallecimiento del prestatario.
Con la incertidumbre actual y la frágil situación de muchos pensionistas, puede plantearse esta opción en muchos casos para conseguir una renta vitalicia. Explicamos todo lo que hay que saber al respecto y analizamos diferentes sentencias que han declarado nulo este producto financiero por la inclusión de clausulas abusivas.
¿Qué pasa cuando fallecen los prestatarios?
- Los herederos deben devolver la cantidad adeudada.
- En el caso de que no pueda devolverse el préstamo y sus intereses –o los herederos no quieran-, entregarán la vivienda al banco.
- Otra posible opción es vender la vivienda para hacer frente al pago de la deuda acumulada.
¿Tiene más ventajas o inconvenientes?
Es cierto que permite rentabilizar la vivienda, y de este modo el pensionista cuenta con un complemento a la pensión, pero hay que tener en cuenta la modalidad escogida: renta mensual o en un solo pago. En este último caso, con el fallecimiento de los prestatarios, los herederos deberán devolver la totalidad del préstamo, mientras que la renta mensual supondrá una devolución de la deuda acumulada hasta el fallecimiento –más tiempo de vida, más deuda-. Esto es importante porque hay que tener en cuenta que, a la inversa de una hipoteca corriente, la deuda y el interés son crecientes con el paso de los años. Además, debe tenerse en cuenta una posible devaluación de la vivienda, circunstancia por la que el heredero debería aportar dinero de su bolsillo para satisfacer la deuda si con el inmueble no bastara.
Ya hay sentencias que condenan a los bancos por abusos en la hipoteca inversa
Es cierto que se trata de un producto financiero complejo, en el que se analizan múltiples variables de muy diversa índole para su concesión, (el valor del inmueble o la salud del prestatario, entre otras). De hecho, ya hay varias sentencias (dos de ellas referentes al BBVA) a favor de prestatarios y herederos por irregularidades y falta de información –manipulación por parte del banco o la empresa asesora para la apropiación de inmuebles de alto valor o abuso por la inclusión de seguros de rentas, de vida o por pérdida de valor, considerados abusivos-, llegando a establecer como nulo el contrato y los seguros adheridos al mismo y obligando al banco a devolver la cantidad adeudada a los herederos. No debemos olvidar que son numerosas las prácticas bancarias, comercializadas sobre todo en torno a 2010, que han llegado a los tribunales: cláusulas suelo, hipoteca multidivisa, IRPH, gastos hipotecarios… y la hipoteca inversa parece ser uno más.
No estoy seguro de mi hipoteca inversa ¿Puedo reclamar?
Si contrataste una hipoteca inversa y crees que incluyeron alguna cláusula abusiva, puedes contactar con nuestros abogados especializados en derecho bancario y financiero.
Igualmente, desde Calixto Escariz Abogados recomendamos la realización de un estudio en profundidad si se está pensando en contratar una hipoteca inversa para analizar todas las cláusulas incluidas en el contrato previamente.
Cómo reclamar la hipoteca inversa:
- Documentación a aportar
Cualquier reclamación que se formule para solicitar la anulación de una hipoteca inversa requerirá plantear una demanda ante el Juzgado, que se acompañará de la siguiente documentación:
- Escritura pública de constitución de la hipoteca.
- Contrato por el que se suscribió el seguro de rentas vinculado a la hipoteca.
- Extracto de todos los pagos realizados.
- Informe pericial: es recomendable aportar un informe realizado por un economista que justifique el perjuicio que nos ha supuesto la contratación del producto.
- ¿Quién y qué se puede reclamar?
Están legitimados para interponer la demanda tanto la persona que haya suscrito la operación, como, en caso de que ésta haya fallecido, sus herederos.
La demanda tendrá por objeto el reintegro de los importes cargados con motivo del préstamo y el importe abonado por el seguro de rentas vinculados junto con los intereses legales de ambas cantidades, así como los adeudos, intereses y comisiones relativos al pago de la prima del seguro.
Además, si se ha impuesto al cliente el pago de los gastos de constitución de la hipoteca, se podrá reclamar también su devolución puesto que la sentencia del Tribunal Supremo de 28 de febrero de 2018 excluyó el impuesto de actos jurídicos documentados, pero no los restantes gastos reclamables que fueron declarados abusivos en diciembre de 2016: notaría, registro, tasación y gestoría. En este caso, deberán aportarse con la demanda, todas las facturas justificativas de tales gastos.
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