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Abierta la convocatoria de subvenciones del Fondo de Compensación Ambiental para ayuntamientos

3 enero, 2019Actualidad, Breves

Se ha publicado la nueva convocatoria de subvenciones del Fondo de Compensación Ambiental para el presente año, (línea en concurrencia no competitiva y línea en concurrencia competitiva). Dirigida a entidades locales, tiene como objetivo la conservación, reposición y restauración del medio ambiente y reequilibrio territorial.

Objetos de las subvenciones

Las subvenciones se destinarán a actuaciones de inversión y a costes de funcionamiento de los servicios municipales dedicados a la protección del medio ambiente y del espacio natural, y deberán responder a alguno de los siguientes criterios u objetivos:

  1. a) Actuaciones orientadas a la conservación de la biodiversidad, al conocimiento y utilización recreativa y didáctica de los recursos naturales y a la recuperación del medio natural degradado o contaminado.
  1. b) Actuaciones de impulso de la eficiencia y de utilización sostenible de las energías renovables.
  1. c) Otras actuaciones de protección del medio ambiente y del espacio natural.subvenciones

Se considerará que atienden a los criterios anteriores, proyectos dirigidos a:

a) Recuperación de espacios ambientalmente degradados o contaminados.

b) Proyectos de eficiencia energética en la luz pública u obras en edificios municipales para mejorar la eficiencia energética del edificio.

c) Proyectos de utilización sostenible de energías renovables en instalaciones y edificios municipales.

d) Vehículos eléctricos y vehículos híbridos.

e) Centros de interpretación del medio ambiente y aulas de la naturaleza.

f) Parques-escuelas infantiles que tengan como contenido o característica principal la utilización recreativa y didáctica de los recursos naturales.

g) Paseos, áreas recreativas y rutas de senderismo que se localicen o transcurran por zonas con valores ambientales, para su utilización recreativa y/o didáctica.

h) Puntos limpios y centros de reciclaje de residuos.

i) Proyectos de saneamiento, alcantarillados y abastecimiento de aguas.

j) Proyectos y actuaciones en el ámbito municipal para evitar la degradación y el deterioro ambiental.

k) Proyectos y actuaciones para el control ambiental en el ámbito municipal, tales como la adquisición de equipamiento para efectuar las mediciones relacionadas con actividades molestas e insalubres y para la toma de muestras, tanto sólidas cómo líquidas, en el caso de residuos y vertidos.

l) Adquisición de vehículos destinados a actuaciones de protección del medio ambiente y del espacio natural, incluidas aquellas actuaciones que tienen por objeto la prevención, extinción y gestión de situaciones de siniestro o riesgo.

m) Vehículos con equipamiento especial para el desarrollo de tareas en el ámbito ambiental, tales como sonómetros para efectuar las mediciones relacionadas con los ruidos molestos e insalubres y/o equipamiento para toma de muestras, tanto sólidas cómo líquidas, en los casos de residuos y vertidos.

Presupuesto:

La asignación inicial del Fondo de Compensación Ambiental para el ejercicio 2019 es de 11.000.000 de euros, de los cuales para la financiación de la convocatoria de subvenciones se destinan 7.715.174,00 euros.

Líneas de subvención, beneficiarios individuales y de gestión compartida y exclusiones:

a) Convocatoria de subvenciones de naturaleza no competitiva, destinada a aquellos ayuntamientos de Galicia cuyo territorio municipal esté dentro de la poligonal de delimitación de un parque eólico y, igualmente, a los afectados por la correspondiente instalación de conexión o vía de evacuación.

b) Convocatoria de subvenciones de naturaleza competitiva, destinada a:

1. Los ayuntamientos de Galicia que formulen petición de manera individual.

2. Los ayuntamientos de Galicia que formulen petición de manera conjunta mediante agrupaciones o asociaciones de ayuntamientos.

3. Las mancomunidades de ayuntamientos de Galicia.

4. Los consorcios locales de Galicia, constituidos de acuerdo con la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, siempre que estén participados por uno o varios ayuntamientos.

2. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta orden las diputaciones provinciales.

Forma y plazo de presentación de solicitudes:

Los ayuntamientos, de forma individual o de forma conjunta, presentarán la solicitud dirigida a la Dirección General de Administración Local, según los modelos (anexos I, II, III o IV) junto con la documentación solicitada. La presentación de las solicitudes se realizará a través del formulario en https://sede.xunta.gal con cualquier mecanismo de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

El plazo es de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.

Documentación para solicitarla
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