
Recientemente, ha dictado el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Marín una sentencia sobre el procedimiento iniciado a instancia de la Comunidad de Montes de Bueu frente al Concello de Bueu, a través del cual la Comunidad de Montes reivindicaba como de su titularidad una serie de montes que dicho concello tenía inventariados a su favor.
Como particularidad de este caso queremos destacar que dicha sentencia, que reconoce la titularidad de dichos montes a favor de la Comunidad de Montes de Bueu, ha sido dictada en un procedimiento en el que el Concello de Bueu ha estado en rebeldía, al no personarse como parte.
A la vista de la posición procesal mantenida por dicha administración local no podemos sino felicitar al Concello de Bueu, al no se oponerse a las pretensiones de la Comunidad de Montes, con la absoluta convicción de que los montes objeto de reivindicación son vecinales en mano común y, por lo tanto, su propiedad pertenece a los vecinos de dicha parroquia de Bueu.
La postura firme mantenida por el Concello de Bueu, en defensa de la propiedad vecinal, debería ser imitada por otros ayuntamientos a los efectos de evitar largos y tediosos pleitos, a través de los cuales lo único que se trata de conseguir es el reconocimiento a favor de los vecinos de la titularidad de unos montes que les han pertenecido desde tiempo inmemorial.
De modo que tras esta sentencia la Comunidad de Montes de Bueu podrá definitivamente regularizar la propiedad de sus montes.