
Abierta la convocatoria de ayudas para acciones silvícolas de prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y para el incremento de la capacidad de adaptación y del valor ambiental de los ecosistemas forestales y se convocan para 2019.
Beneficiarios
Los beneficiarios de estas ayudas son personas físicas o jurídicas titulares de los terrenos en los que se desarrolle la acción subvencionada, incluyendo a Comunidades de Montes Vecinales en Mano Común, particulares y Sociedades de Fomento Forestal.
Líneas de subvención:
a) Línea I (medida Feader 8.3): ayudas para realizar tratamientos silvícolas (prácticas preventivas, de carácter local y a pequeña escala, que permitan crear discontinuidades verticales y horizontales de la cubierta vegetal y el control selectivo de combustible, con la finalidad de prevención de incendios.
b) Línea II (medida Feader 8.5): ayudas para realizar tratamientos silvícolas y plantaciones puntuales de determinados árboles, directamente vinculadas al incrementos de los valores ecológicos de los bosques que no tengan carácter productivo.
Se podrá subvencionar hasta el 100% del importe de la actividad y el plazo para solicitarlas es de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden (4 de febrero).
Acceso al DOGA