
El DOG ha publicado las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los ayuntamientos, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la redacción de planes de emergencia ante situaciones de sequía, y se convocan para el año 2021.
La resolución recuerda que el artículo 27.3 de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan hidrológico nacional, dispone que las administraciones públicas responsables de sistemas de abastecimiento urbano que atiendan, singular o mancomunadamente, a una población igual o superior a 20.000 habitantes deberán disponer de un plan de emergencia ante situaciones de sequía, sobre el que deberá emitir informe el organismo de cuenca correspondiente, y que deberá tener en cuenta las reglas y medidas previstas en los planes especiales de sequía de las demar- caciones hidrográficas y estar operativo en un plazo máximo de cuatro años.
Esta iniciativa que ahora se aprueba tiene la voluntad de continuar en la línea de colaboración iniciada con las entidades responsables de sistemas de abastecimiento a la población en toda la Comunidad Autónoma de Galicia, para que estas puedan gestionar con la mayor diligencia, eficacia y eficiencia posibles sus competencias en una materia tan importante como es la gestión de las situaciones de sequía. De hecho, recuerda que en 2019 y 2020 se convocaron estas mismas subvenciones a los ayuntamientos, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la redacción de planes de emergencia ante situaciones de sequía y que se constató un importante interés por las entidades locales, si bien no se pudieron atender la mayoría de las solicitudes por agotamiento de los créditos presupuestarios.
En esta ocasión, las subvenciones reguladas al amparo de esta resolución se financiarán con cargo a la cuenta financiera 6566 (subvenciones de capital a corporaciones locales) de la entidad públi- ca empresarial Augas de Galicia, por importe de doscientos cincuenta mil euros (250.000 €), sin perjuicio de que se pueda aprobar una ampliación de crédito.
El importe de las subvenciones será del 80 % de la inversión subvencionable, con el límite máximo de quince mil euros (15.000 €) por solicitud (impuesto sobre el valor añadido incluido), hasta agotar el crédito previsto en la resolución.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
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DOG 4 MAYO