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Bono Joven de alquiler 2022: requisitos para solicitar esta ayuda

1 marzo, 2022Actualidad

El pasado 19 de enero el BOE publicaba  el Decreto que regula el nuevo bono alquiler joven y aprueba el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025, que incluye todas las ayudas que las comunidades autónomas (excepto País Vasco y Navarra) pueden recibir y convocar.

El Decreto entró en vigor el 20 de enero pero todas las ayudas se pueden conceder de forma retroactiva desde el uno de enero.

Vamos a centrarnos en este artículo en las ayudas a jóvenes para el pago del alquiler.

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

Pueden hacerlo aquellas personas que reúnan las siguientes condiciones:

  • Tener entre18 y 35 años.
  • Tener nacionalidad española o europea o residencia en España y ser  titular de un contrato de alquiler (o que lo firmen hasta dos meses después de que se les conceda la ayuda), siempre que la renta que paguen no supere los 600 euros al mes, aunque las comunidades autónomas podrán ampliar este límite a los 900 euros. Si el solicitante se encuentra en una vivienda donde paga el alquiler de una habitación y no de la vivienda completa, la cuantía máxima debe ser de 300 euros al mes, que las Comunidades podrían aumentar hasta 450 euros.
  • Contar con una fuente regular de ingresos, lo cual supone que quien solicite esta ayuda debe estar trabajando, ya sea por cuenta ajena o como autónomo, ser personal de investigación en formación o recibir una prestación pública periódica, como el paro o el Ingreso Mínimo Vital (IMV), por ejemplo. Para demostrar que  son estables en el tiempo, deberán tener tres meses de vida laboral en los últimos seis meses o que la duración prevista de esos ingresos sea de al menos seis meses en adelante. El importe de estos ingresos regulares no podrá superar los 24.318 euros brutos al año, es decir, tres veces el IPREM.
  • La vivienda alquilada tendrá que ser la residencia habitual de la persona solicitante del bono joven, que habrá de estar empadronado en ella, si bien se trata de una prestación de carácter individual, por lo que también podrán solicitarla aquellas personas que compartan una vivienda en alquiler siempre que los ingresos de todos los habitantes de la vivienda no superen el límite antes indicado.
  • No tener una casa en propiedad o en usufructo, -excepto si no está habilitada o adaptada para vivir o si es solo propietario de parte por herencia-.
  • No tener relación de parentesco de hasta segundo grado ni ser socio del arrendador.

¿De cuánto será la ayuda?

Los perceptores del bono recibirán un máximo de 250 euros mensuales, que deberán destinar obligatoriamente a pagar la renta del alquiler. Se trata, por tanto, de una ayuda finalista que solo puede usarse con ese objetivo y que en ningún caso podrá superar el precio del alquiler.

El bono alquiler joven no es compatible con otras ayudas al alquiler que pongan en marcha las Comunidades Autónomas, pero sí con las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y el Ingreso Mínimo Vital.

También  podrá compatibilizase con otras prestaciones del Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, como, por ejemplo, la ayuda al alquiler en pueblos pequeños. En el caso de que a un solicitante le sean otorgadas las dos ayudas, la cuantía recibida será de hasta el 40 % de la diferencia entre el alquiler de la vivienda y la ayuda del bono, con el límite conjunto (la suma de las dos subvenciones) del 75 % de la renta del alquiler.

¿Cuándo comenzará a aplicarse el bono?

Aunque el Decreto se publicó el 19 de enero, el bono entrará en funcionamiento con carácter retroactivo desde el 1 de enero. 

La ayuda se podrá recibir durante un máximo de dos años siempre que en ese plazo se cumplan los requisitos establecidos.

¿Cómo se puede solicitar?

La ayuda se gestionará a través de las comunidades autónomas, aunque habrá que esperar a la próxima conferencia sectorial entre el Gobierno y las Autonomías para aprobar los criterios de reparto.

No obstante, el Real Decreto-Ley establece que los procedimientos de concesión del bono de alquiler serán «mediante convocatorias abiertas de forma continuada y permanente«.

La oficina de vivienda de cada municipio será el lugar donde se podrá solicitar el bono. En el apartado del programa de ayuda a los jóvenes de la web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se detallan los requisitos, así como el enlace a cada comunidad autónoma.

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autor

Pilar Vázquez

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