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El 2017 arranca con novedades en materia laboral

25 enero, 2017Derecho laboral
laboral

Iniciamos el año con cambios normativos en materia laboral, que afectan principalmente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), las bases de cotización a la Seguridad Social y al permiso de paternidad.

El Consejo de Ministros aprobaba el pasado 30 de diciembre el Real Decreto 742/2016, que fija en un 8% la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) para este año, llegando a los 707,6 euros al mes por catorce pagas.

Esta medida laboral afecta tanto a los trabajadores fijos como a los eventuales o temporeros, así como a los empleados de hogar, y supone 52,4 euros más que el pasado año, en el que el SMI se estableció en 655,20 euros, tras un aumento del 1%. Esto sitúa a España lejos de conseguir el objetivo recomendado por Europa de alcanzar el 60% del salario medio, lo que equivaldría a unos 1.000 euros mensuales.

Respecto de las normas legales o convencionales y los laudos arbitrales que se encuentren en vigor en la fecha de promulgación de este real decreto, se establece expresamente que <<subsistirán en sus propios términos>>, por tanto sin más modificación que la que fuese necesaria para asegurar la percepción de la nueva cuantía que corresponde por salario mínimo interprofesional, << debiendo en consecuencia ser incrementados los salarios profesionales inferiores al indicado total anual en cuantía necesaria para equipararse a este>>, siendo de aplicación las normas sobre compensación y absorción.

Ahora bien, en la disposición transitoria primera se establece que los convenios colectivos vigentes el 1 de enero de 2017 y que utilicen el SMI como referencia para determinar la cuantía o el incremento del salario base o de complementos salariales, por tal SMI deberá de entenderse << durante el 2017>> , << Las cuantías del salario mínimo interprofesional establecidas en el Real Decreto 1171/2015, de 29 de diciembre, salvo que las partes legitimadas acuerden la aplicación de las nuevas cuantías del salario mínimo interprofesional >>. Y << Cuando la vigencia de dichos convenios exceda de 2017, salvo acuerdo en contrario, la cuantía del salario mínimo interprofesional se entenderá referida, para los años siguientes, a la fijada en el Real Decreto 1171/2015, de 29 de diciembre, incrementada según el objetivo de inflación del Banco Central Europeo>>.

Dado que el SMI se utiliza como indicador o referencia en normas no estatales y en contratos y pactos de naturaleza privada, el Real Decreto establece:

  1. No es aplicable el nuevo SMI a las normas vigentes a fecha de 1 de Enero de 2017 de las CCAA, de las ciudades de Ceuta y Melilla y de las entidades de la administración local que utilicen el SMI como indicador o referencia del nivel de renta para determinar la cuantía de determinadas prestaciones o para acceder a determinadas prestaciones, beneficios o servicios públicos, salvo disposición expresa en contrario de las entidades afectadas.
  2. Tampoco resultan aplicables las nuevas cuantías del SMI a los contratos y pactos de naturaleza privada vigentes a fecha 1 de Enero de 2017 que utilicen dicho concepto como referencia a cualquier efecto, salvo que las partes acuerden su aplicación.

El Real Decreto 742/2016, de 2 de diciembre, introduce también cambios normativos en materia social -artículos 9 y 10 del capítulo II-. Incorpora una subida de un 3% de las bases máximas de cotización a la Seguridad Social, hasta los 3.751,2 euros, y aumenta las mínimas un 8%. Estas medidas supondrán unos ingresos de 400 millones de euros a la Seguridad Social este año.

También ha entrado en vigor este mes la ampliación del permiso de paternidad, por nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo previsto en la Ley de Igualdad de 2007, una novedad laboral que pasa de 2 a 4 semanas -en el caso de parto múltiple se puede alargar en dos días más por cada hijo/a-. La medida está encaminada a mejorar las posibilidades de conciliación entre la vida profesional y familiar.

Artículo relacionado: Entrada en vigor de la ampliación del permiso por paternidad

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