
Partiendo de la amplia experiencia de este despacho profesional en la elaboración de Relaciones de Puestos de Trabajo, señalar que cabe definir a la RPT, en base a lo establecido en la doctrina jurisprudencial, como el acto administrativo mediante el cual la Administración se autoorganiza, ordenando un elemento de su estructura como es el del personal integrado en ella.
Señalándose en el art. 74 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP):
Artículo 74. Ordenación de los puestos de trabajo.
Las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos.
Siendo comprobable como el contenido mínimo de la relación de puestos será, en base a lo establecido en el artículo transcrito, el concretar los siguientes extremos:
- Denominación del puesto de trabajo.
- Tipo y sistema de provisión de los puestos.
- Retribuciones complementarias
- Requisitos exigidos para su desempeño
Teniendo que darse las siguientes fases para su elaboración:
3.1 Fase de análisis y descripción
Pretendiéndose determinar las funciones concretas de cada puesto de trabajo.
3.2 Fase de Valoración
Se pretenderá analizar, verificar y validar cada uno de los puestos de trabajo que existen en la actualidad en la mancomunidad, buscando conexionar los puestos entre sí, a los efectos de poder ponderar los mismos para evitar distorsiones dentro de las distintas Áreas o Servicios.
3.3 Negociación
Debiéndose poner en relación con lo establecido en los art.31 y siguientes del EBEP, al imponerse la obligación de negociación para así respetar los derechos de los trabajadores.
3.4 Aprobación
Debiéndose dar a la RPT la importancia que merece, ya que una adecuada elaboración conllevará una mejora en la organización y en la gestión en el hacer diario de la administración, y ello implicaría una mayor eficacia en su actuar, la cual redundará en el beneficio de los vecinos del municipio. Siendo esto así ya que cada puesto tendrá unas funciones claras de definidas y ello evitará, entre otros aspectos, que pueda dar lugar a situaciones de realización de funciones por trabajadores que no son ajustadas a su categoría profesional.