
La Audiencia Provincial de Ourense ha ratificado en una reciente sentencia la titularidad de la Comunidad de Montes vecinales en mano común de Cristimil y A Torre de los terrenos del monte A Cidá (San Amaro).
El fallo desestima el recurso de apelación interpuesto por la Xunta de Galicia frente a la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense de 12/04/18 que otorgaba la titularidad a los comuneros de los terrenos donde se asienta el castro de San Cibrán de Las y el centro de interpretación que la Xunta tiene en el mismo. Se trata de una superficie total de 150.000 metros cuadrados que también incluye un área de recreo y una zona de aparcamiento.
El juez acepta parcialmente el recurso de apelación presentado por la Xunta de Galicia en el único extremo de no efectuar expresa imposición de las costas pero confirma totalmente el contenido de la sentencia dictada en Primera Instancia y será firme una vez transcurran los próximos 20 días, plazo en el que la Administración autonómica tiene para interponer, en su caso, un posible recurso de casación.
De hecho, ratifica que los terrenos son propiedad de la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Cristimil y A Torre por haberlos venido “poseyendo como parte integrante e inseparable del monte vecinal “A Cidade” desde tiempo inmemorial, en régimen de aprovechamiento colectivo y sin especial asignación de cuotas”.
La sentencia anula la inscripción registral a favor del Concello de San Amaro y por ende el negocio jurídico de cesión realizado por este a favor de la Xunta de Galicia careciendo de la condición de dueño. La Audiencia Provincial anula la condena en costas, “teniendo en cuenta la complejidad del asunto, la dificultad de interpretar y seguir la evolución de la finca en cuestión, la especial naturaleza de esta forma de propiedad y, en especial, las inscripciones registrales que sirven de apoyo a la tesis de la Xunta de Galicia”.
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