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La declaración de la Renta 2017 es una de esas citas que siempre está pendiente en nuestro calendario, pero de la que siempre queremos olvidarnos. A pesar de ello, hay cosas que debes saber antes de hacer la declaración de la Renta 2017. Recopilamos las principales novedades.
Estrenando aplicación móvil
La novedad más importante de la Agencia Tributaria en esta campaña es la nueva aplicación para smartphones. Desde el 15 de marzo, ya está disponible la app para su descarga, tanto en Android como en la App Store. La aplicación está pensada para aquellas declaraciones que no necesiten modificación de los datos fiscales, y permitirá acceder a otros servicios: al sistema REN0 para recibir el número de referencia, recibir avisos o acceso a Cl@ve PIN. Las declaraciones más complicadas deberán presentarse mediante el programa Renta Web.
Solicitar la rectificación de autoliquidación del IRPF
A través del programa Renta Web (que ya sustituyó definitivamente el año pasado al Programa Padre) se podrán realizar cambios en la autoliquidación del IRPF si se han cometido errores que sean determinantes a la hora de obtener una mayor devolución o un menor ingreso por parte del contribuyente.
Es decir, los contribuyentes pueden solicitar la rectificación de su autoliquidación del IRPF utilizando el propio modelo de declaración. La presentación de esta solicitud de rectificación del IRPF deberá realizarse por vía electrónica
Nuevo modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Se ha creado un anexo nuevo C, que recopila toda la información tributaria de interés de manera ahora agrupada en el modelo de declaración del IRPF.
Asimismo, la sección de Pérdidas y Ganancias Patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales incluye ahora un apartado para consignar las ganancias y pérdidas derivadas de la transmisión de los derechos de suscripción preferente.
Plan “Le llamamos”
La Agencia Tributaria presenta un nuevo sistema de asistencia telefónica para la elaboración de la declaración y su presentación, denominado «Plan Le Llamamos». Empezará a funcionar a partir del 4 de abril. La Agencia Tributaria se pondrá en contacto con el contribuyente en la fecha y hora indicadas tras solicitar cita previa en la web o por teléfono (901 22 33 44 / 91 553 00 71/ 901 12 12 24 / 91 535 73 26). El horario de asistencia será de 9.00 horas a 20.30 horas.
El proceso es el siguiente: se pide cita previa, Hacienda te llama para confeccionar la declaración de Renta, directamente la modifican, y se presenta por teléfono. Puede utilizar igualmente Renta WEB.
Calendario de plazos de la declaración de la Renta 2017
La campaña comienza el 4 de abril, fecha desde la cual podrás solicitar el borrador y presentar la declaración online –casi el 90% de los casos durante el pasado año- o vía telefónica, periodo que se extiende hasta el próximo 2 de julio, excepto para quienes quieran domiciliar el resultado de su declaración, plazo que finalizará el 27 de junio. Igualmente la presentación de la declaración de Patrimonio se rige por el mismo plazo (4 de abril a 2 de julio -27 de junio si se opta por domiciliación bancaria).
El 10 de mayo comenzará el plazo para presentar la declaración en oficinas de la Agencia Tributaria. Para pedir cita previa se abrirá plazo la primera semana de mayo.
Cinco consejos de nuestro asesor fiscal, Juan Blanco:
1.- ¡Ojo con la app móvil y con la opción de confirmar en un solo clic! El borrador puede contener errores y siempre debe revisarlo un profesional.
2.- Se acabó el envío de borradores por correo postal a casa, aunque sí se seguirán enviando los datos fiscales.
3.- Durante esta campaña de Renta habrá un servicio telefónico personalizado para realizar la declaración, pero no estará asistido por funcionarios técnicos de Hacienda. Se recomienda nuevamente informarse con un abogado o un asesor fiscal externo a la Agencia Tributaria.
4.- Ahora será más sencillo el acceso a los datos fiscales, sin SMS con número de referencia, ahora mediante la app móvil o por ordenador con certificado digital, Clave PIN o la referencia del importe de la casilla 450 de la anterior declaración.
5.- Como siempre, hay que revisar los datos fiscales con mucha calma. Especial atención al tratamiento fiscal de aquellos que han tenido devoluciones por la reclamación de la cláusula suelo, los afectados por la resolución del Banco Pastor, a las deducciones autonómicas, y a los bienes inmuebles que se tengan alquilados o en propiedad.
Si tienes alguna duda respecto a tu declaración de la renta, puedes contactar con nuestro asesor fiscal en Vigo.