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Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: novedades fiscales en la Comunidad Valenciana

21 noviembre, 2025Actualidad, Derecho tributario

La transmisión de bienes y derechos mortis causa es un ámbito que requiere una cuidadosa planificación jurídica y fiscal a los efectos de evitar costes innecesarios y reducir al máximo la carga tributaria.

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es uno de los tributos de mayor impacto patrimonial en España. A pesar de estar regulado a nivel estatal por la Ley 29/1987, de Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se trata de un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas, lo que les permite establecer, entre otras, reducciones, bonificaciones y tarifas propias. 

En el contexto de la Comunidad Valenciana las particularidades autonómicas adquieren una especial relevancia tanto por la normativa propia como por las recientes novedades fiscales aprobadas en los últimos tiempos.

La Ley 6/2023, de 22 de noviembre, de modificación de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, por lo que se refiere al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, introdujo una bonificación del 99% de la cuota tributaria para adquisiciones mortis causa entre parientes de los Grupos I y II (descendientes, cónyuge y ascendientes) en la Comunidad Valenciana.

Pero, yendo más allá de estos incentivos, la reciente Ley 5/2025, de 30 de mayo, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat (DOGV de fecha 31 de mayo de 2025), prevé una bonificación para parientes colaterales del Grupo III (hermanos, tíos y sobrinos), que previsiblemente operará de forma escalonada: 25% de bonificación para hechos imponibles devengados a partir del 1 de junio de 2026, y 50% para hechos imponibles devengados a partir del 1 de junio de 2027.

Así, el marco legal autonómico ha experimentado importantes avances que lo hacen especialmente favorable para herederos directos, aliviando la carga fiscal de los herederos, lo que determina la necesidad de una correcta planificación legal y fiscal de la herencia.

Desde Calixto Escariz, ofrecemos asesoramiento jurídico y cobertura legal integral en materia de sucesiones, atendiendo a las necesidades y peculiaridades de cada caso concreto.

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autor

Clara Navarro Crú

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