En el Día de Europa entrevistamos a Luis Domínguez Castro, profesor Titular de Historia Contemporánea de la Universidad de Vigo, y titular Cátedra Jean Monnet Ad Personam de Histora Construcción europea, para conocer cómo ha evolucionado el desarrollo del derecho comunitario en la Unión Europea y cuál es el estatus actual de esta especialidad.
Hoy es el Día de Europa: en materia de derecho comunitario, ¿cómo ha evolucionado desde la creación de la Unión Europea?
La preocupación por la unificación del derecho europeo estuvo presente desde los inicios del proceso de construcción europea. De hecho, la Conferencia Europea de la Cultura, convocada en Lausana por el Movimiento Europeo, en diciembre de 1949, incluyó, en sus conclusiones, la necesidad de crear una comisión, en la que las mujeres juristas deberían estar representadas, que recogiese los principios y normas jurídicas comunes a las diferentes naciones de Europa para que sirviese de preámbulo a los derechos de cada país.
Sin embargo, como aconteció con la integración europea en su conjunto, será la labor de las Comunidades Europeas la que haga progresar el derecho comunitario, a través del gran tapado federalizador que resultó ser el Tribunal de Justicia. En efecto, el actual Tribunal de Justicia de la UE, con sede en Luxemburgo, fue capaz de proceder a una progresiva constitucionalización del orden jurídico comunitario, a través de una serie de históricas sentencias. La sentencia van Gend and Loos, dictada el 5 de febrero de 1963, asentó el principio del efecto directo, es decir, que el derecho comunitario, tanto originario como derivado, genera derechos que los ciudadanos pueden invocar ante los tribunales de su país. La sentencia Costa-Enel, pronunciada el 15 de julio de 1964, estableció el principio de la primacía del derecho comunitario sobre los derechos nacionales concurrentes. La sentencia Kramer, publicada el 14 de julio de 1976, aseguró el principio de las competencias implícitas de las Comunidades, hoy Unión Europea, para poder desarrollar las finalidades de los Tratados.
Hoy, el derecho comunitario, a través de los actos legislativos emanados del Consejo, del Parlamento y de la Comisión, informa los ordenamientos jurídicos de los 28 países miembros y de los países candidatos a la adhesión, obligados a adoptar el acquis comunitario como requisito previo a su incorporación a la UE. No obstante, en los últimos tiempos asistimos a una ofensiva de los Estados-Nación por recuperar parte de las competencias atribuidas a la UE y por limitar el alcance del derecho comunitario. Así, el Tratado de Lisboa no recoge en su denso articulado mención alguna a la primacía del derecho comunitario, como si lo hacía el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa (art. I-6). La actual Comisión Juncker tiene como una de sus líneas fuerza la derogación de la legislación comunitaria que se considere obsoleta o innecesaria y la reducción significativa de emisión de nuevos actos legislativos.
¿Cuál es el estatus actual del sistema judicial europeo? ¿Hay verdadera integración entre estados miembros en este área?
Aunque, como se ha indicado, el principio de primacía no se contempla en el derecho originario de la UE, el Tribunal de Justicia de la UE ha conseguido imponerlo por las vía de los hechos. En efecto, las cuestiones prejudiciales –la petición de un órgano jurisdiccional de un Estado miembro para que se precise la interpretación del derecho comunitario- han representado el 69% de los asuntos iniciados por el Tribunal de Justicia en 2014. En este sentido, conviene recordar que, en estos casos, la sentencia emitida vincula al órgano jurisdiccional destinatario. Por otra parte, el Tratado de Lisboa apuesta por la creación de un Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia en el seno de la UE. No obstante, de entrada se reconoce cierto grado de excepcionalidad a Gran Bretaña, Irlanda y Dinamarca, que no estarán sometidas a las disposiciones acordadas para ese espacio. Hablar de integración del sistema judicial europeo es excesivo pero, sin duda, se ha avanzado mucho en la cooperación judicial en materia civil y penal, en la cooperación policial y en la consagración de derechos fundamentales de los ciudadanos de la UE, a través de la Carta que se ha incorporado al Tratado de Lisboa. Carta de derechos que no reza plenamente para Gran Bretaña, Polonia y Chequia.
Desde Tribunal de Justicia de la UE se señalaba que en España hay pocos abogados especializados en derecho comunitario. ¿Cómo ha evolucionado la formación en esta materia en la Universidad?
Ha habido dificultades por la rigidez de las estructuras universitarias y la original distribución en áreas académicas que compartimenta en exceso el saber jurídico en aras de una discutible especialización. Uno de los primeros problemas, consecuencia de esta distribución, fue decidir qué área debería impartir el derecho comunitario: constitucional, internacional, administrativo…. La nueva normativa universitaria ha permitido superar muchas de las trabas iniciales de modo que hoy el derecho comunitario ocupa un lugar destacado en los planes de estudio universitarios, incluso con menciones específicas como ocurre en la Universidad de Vigo.
¿Y cuáles son las salidas laborales tras especializarse en derecho comunitario?
En un mercado profesional tan sobredimensionado como el del mundo jurídico todo elemento de distinción y de especialización agrega valor añadido. Lo ocurrido con la Ley Hipotecaria es una buena prueba de que el dominio del derecho comunitario, y el recurso a los órganos jurisdiccionales del Tribunal de Justicia de la UE, abre nuevas y eficaces puertas para la abogacía en defensa de los derechos ciudadanos.
El programa Jean Monnet trabaja para fomentar este área, ¿Cómo ha funcionado este programa en la Universidad de Vigo?
La Universidad de Vigo ha tenido una destacada tasa de éxito en sus candidaturas a convocatorias del programa Jean Monnet desde hace más de quince años. Se han logrado 14 módulos, dos cátedras, una cátedra ad personam (de las veinte que hay en España), un Centro Europeo de Excelencia (de los pocos más de cien que hay en todo el mundo), y un proyecto de innovación educativa titulado We are European citizens que acaba de ser escogido como Success Story por la Comisión Europea y, en consecuencia, será difundido como ejemplo de buenas prácticas en materia de integración europea. Gracias a estas actividades, financiadas por la Comisión Europea, la Universidad de Vigo está considerada como un centro de referencia en la docencia e investigación sobre el proceso de construcción europea.