986 229 472despacho@calixtoescariz.com
FacebookTwitterLinkedin
Calixto EscarizCalixto Escariz
Calixto Escariz
Despacho de abogados y oficina técnica de planeamiento, con sedes en Galicia, Castilla y León, Asturias, Valencia y Madrid
  • INICIO
  • EL DESPACHO
  • EQUIPO
  • ÁREAS DE ACTUACIÓN
  • BLOG
  • CONTACTO
  • Galego
 
  • INICIO
  • EL DESPACHO
  • EQUIPO
  • ÁREAS DE ACTUACIÓN
  • BLOG
  • CONTACTO
  • Galego

La problemática del derecho de adquisición preferente de las comunidades de montes vecinales en mano común

22 agosto, 2018Sin categoría
derecho de adquisición preferente

Una de las maneras de ampliar la extensión de un monte vecinal, además de las recurrentes reivindicatorias para recuperar la posesión sobre porciones ocupadas ilegítimamente, es la adquisición de sus terrenos colindantes. En las transmisiones tanto de terrenos limítrofes con monte vecinal en mano común, como de enclavados del mismo, siempre se ha de tener presente la existencia de un derecho de adquisición preferente que puede ejercer la Comunidad propietaria.

Para facilitar el ejercicio del referido derecho, el propietario colindante está obligado, en base al artículo 56.4 de la ley 7/2012, de montes de Galicia, a comunicar de manera fehaciente a la Comunidad de Montes vecina los datos relativos a precios y características de una eventual transmisión del terreno que linda con monte vecinal, como por ejemplo, un proyecto de contrato de compraventa.

De este modo, la Comunidad de Montes dispone de tres meses, desde la fecha de comunicación, para ejercitar el conocido como “derecho de tanteo”. Esto implica el correspondiente pago o consignación del importe comunicado en las referidas condiciones. Este derecho otorga a su titular –la Comunidad- la facultad de adquirir la finca colindante con monte vecinal con preferencia a cualquier otro adquirente.

La Ley prevé de forma expresa la prohibición a los notarios y registradores de autorizar e inscribir las escrituras sin acreditar que se ha comunicado el proyecto a la Comunidad colindante.

Sin embargo, las disposiciones previstas en la Ley 7/2012 relativas al derecho de adquisición preferente se suelen pasar por alto. La práctica habitual es formalizar los contratos de compraventa sin esta comunicación previa, imposibilitando el ejercicio del derecho legamente reconocido.

Acción de retracto

Como solución se reconoce la potestad de ejercitar la acción de retracto en el plazo de un año, a contar desde la inscripción de la transmisión en el Registro de la Propiedad. En su defecto, desde que la administración tuviese conocimiento de las condiciones reales de dicha transmisión.

El retracto supone el ejercicio de la facultad de preferencia adquisitiva una vez que la transmisión ya se ha realizado. El retrayente titular del retracto simplemente se subroga en la posición del tercer adquirente, manteniéndose el resto de condiciones de la enajenación realizada entre propietario y el tercero.

La redacción actual de la Ley de Montes de Galicia es criticable. Se establece la obligación expresa de comunicación previa y prohíbe a los fedatarios públicos otorgar escrituras sin corroborar dicha comunicación. Sin embargo, no se recoge sanción alguna para evitar el incumplimiento de estas normas. Simplemente se ofrece el derecho de retracto para solventar la situación.

Es por ello que, aprovechándose del vacío legal existente, los transmitentes optan por llevar a cabo la excepción a la regla, y comunicar las compraventas una vez que ya se han efectuado, de manera que la Comunidad de Montes tenga que presentar una demanda de retracto, procedimiento más costoso que, al fin y al cabo, hace que las Comunidades se lo piensen dos veces antes de proceder a ejercitar su derecho de adquisición preferente. Visto esto parece claro que, de haberse recogido algún tipo de sanción para los casos de falta de comunicación previa, el modo de proceder tanto de los eventuales transmitentes como de los Notarios y Registradores sería bien distinto.

Compartir este artículo
FacebookTwitterLinkedIn
autor

Calixto Escariz

Calixto Escariz es un despacho de abogados y oficina técnica de planeamiento. Con un amplio equipo de abogados especializados en derecho administrativo y un equipo de arquitectos e ingenieros para proyectos de urbanismo y planeamiento, Calixto Escariz cuenta con sedes en Galicia, Asturias, Castilla-León, Madrid, Sevilla y Valencia.

Entradas relacionadas
Los afectados por el cártel de coches podrían reclamar hasta 2026
13 marzo, 2023
Aprobado el plan especial del casco histórico de Camariñas
2 junio, 2022
La Audiencia de Pontevedra reconoce la titularidad de la cantera de Atios a la Comunidad de Montes
24 marzo, 2022
Deja un comentario

Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *

borrar formularioEnviar

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Recibe todas nuestras novedades, análisis y contenidos
Suscripción newsletter
Conoce los eventos en los que participamos
Calendario de eventos
Buscador
Temas del blog
  • Actualidad(163)
  • Análisis de sentencias(25)
  • Breves(41)
  • Calixto Escariz en medios(42)
  • Comunidades de Montes(138)
  • Derecho administrativo(51)
  • Derecho civil(19)
  • Derecho de familia(6)
  • Derecho laboral(20)
  • Derecho mercantil(30)
  • Derecho penal(12)
  • Derecho tributario(26)
  • Doctrina(2)
  • Entrevistas(4)
  • Expropiaciones(9)
  • Investigación(2)
  • Investigación(1)
  • Notas de prensa(1)
  • Urbanismo/Ordenación de territorio(19)
  • Voz del Experto(6)
SOBRE CALIXTO ESCARIZ

Quiénes somos

Aviso legal

Política de cookies

Política de Privacidad

ÚLTIMAS NOTICIAS
  • La recuperación de los montes vecinales en mano común en el Principado de Asturias
    20 septiembre, 2023
  • Cómo hacer de mi vivienda un piso turístico
    11 septiembre, 2023
  • Plazo de prescripción de acción de daños en relación a la nulidad de licencias.
    7 agosto, 2023
SERVICIOS DEL DESPACHO DE ABOGADOS

Derecho Administrativo

Derecho Laboral

Derecho Mercantil

Derecho Fiscal

Derecho Civil

Derecho de Familia

Derecho Penal

Urbanismo y planeamiento

Calixto Escariz

Calixto Escariz es un despacho de abogados y oficina técnica de planeamiento con un amplio equipo de abogados especializados en derecho administrativo y un equipo de arquitectos e ingenieros para proyectos de urbanismo y planeamiento. Calixto Escariz cuenta con sedes en Galicia, Asturias, Castilla-León, Madrid y Valencia. © 2016 Calixto Escariz, SLU. Todos los derechos reservados.

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios, ofrecer la posibilidad de compartir e interactuar con redes sociales y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, acepta su uso.
Política de Privacidad y Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR