Muchos de los infectados por coronavirus, o los que se encuentran en aislamiento por posible caso de coronavirus, han tenido que pedir la baja. Las primeras bajas por esta enfermedad se estaban tipificando como «incapacidad temporal por enfermedad común», que implicaba que el trabajador no empezaba a percibir ingresos hasta el tercer día y, además, estos dependían de la propia empresa hasta que el empleado llevara 21 días en esta situación.
Con el Real Decreto-Ley aprobado por el Consejo de Ministros el pasado martes 10 de marzo las bajas han pasado a tipificarse como «baja laboral por accidente de trabajo». Esto significa que, desde el primer día, los empleados en esta situación perciben el 75% de la base reguladora por parte de la Seguridad Social.
Los encargados de certificar esta baja especial serán los médicos del servicio público de salud, que podrán notificar la baja y el alta de todos los trabajadores que hayan sido diagnosticados o se les haya impuesto aislamiento preventivo.
Hay que tener en cuenta que actualmente no se realizan pruebas a todas las personas que parecen presentar algún síntoma, por lo que si piensas que puedes estar infectado debes llamar al teléfono facilitado por tu Comunidad Autónoma. El personal designado para atender las llamadas determinará si los síntomas explicados son lo suficientemente graves como para hacerte la prueba o recomendar que te acerques a un hospital para un posible ingreso. En el caso de no serlo, te recomendarán que permanezcas en una habitación de tu domicilio aislado, evitando el contacto con las personas que estés conviviendo.